En una sentencia de 16 de mayo de 2024 dictada por la Corte Suprema (rol n.° 75995-2021), tuvo lugar una demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual, contra una empresa y otras personas debido a la muerte de una persona a causa de un atropello.
En el fallo tuvo lugar la discusión acerca del momento en que se interrumpe civilmente la prescripción. Como de costumbre, las posturas eran la presentación de la demanda y la notificación de la misma. La Corte Suprema optó por la tesis de la notificación de la demanda como momento interruptivo.
En el fallo, para argumentar en favor de la tesis de la notificación, se citó un artículo del profesor Iñigo de la Maza titulado “¿Cambiar injustificadamente? La cuestión de la interrupción civil de la prescripción” publicado en la revista de derecho de la PUCV durante el 2023.
En el considerando undécimo la Corte Suprema señaló “En un estudio realizado por el Profesor Iñigo de la Maza Gamzuri, relativo a la cuestión de la interrupción civil de la prescripción, se resalta que la solución jurisprudencial a esta tesitura debe encontrar su fundamento en la seguridad jurídica y, tal como se ha venido señalando, es evidente que existe mayor certidumbre después de la notificación”.