Los padres y madres marcan un antes y un después en la vida de los niños y niñas, pero con los años, hemos ocultado a aquellas personas que tomaron un rol paterno o materno, sin que un vínculo biológico o de adopción los una, simplemente, hay una elección de amar.
El 26 de agosto de este año, el Tribunal de Familia de Osorno permitió la inscripción de un tercer padre, en un caso de impuganción de paternidad, por parte del padre biológico. Lo sorprendente de este fallo, que realizó la magistrada Verónica Vymazal Bascopé, es que, su fundamentación no se centró en la elección de un adulto, sino, que ésta se sentó a conversar con el personaje central en esta historia: EL NIÑO.
En general el mundo jurídico atribuye la discusión de la filiación al mundo adulto, y excluye al protagonista de ésta historia, a quién le afectará esta decisión por toda su vida, quien ha concebido a su familia como una que tiene “dos papás”.
En este caso, se buscó realmente el interés superior del niño, de una forma que resulta realmente eficaz, y es algo que se debe rescatar y replicarse en todos los tribunales y curadurías de NNA. El derecho a ser oído del niño no debe ser un lindo discurso del papel, debe darse en éstas discusiones. La magistrado ha declarado algo importante: “escucho la historia del niño”, logro darle un valor a los vínculos socioafectivos, hasta el punto de protegerlos, él tiene dos papás, ¿Por qué debía hacerlo elegir entre su “padre de crianza” y su “padre de sangre”?
Generalmente, creemos que “La sangre tira”, o “Padre/madre es quien cría”, pero la verdad, es que los vínculos socioafectivos que se crean con el tiempo, el amor que va creciendo con el paso de los años, no debería provocar una separación, al contrario, esto debe protegerse, ya que un niño es quien ha generado este vínculo con sus padres, y es él quien se reconoce hijo de ambos, y eso no debería ser motivo para hacer renunciar a uno u otro, él no debería elegir cuál es su padre realmente, ya que ambos lo son.
Actualmente, el interés superior de los NNA, permite que nuestros tribunales tomen este tipo de decisiones, la realidad es que, aunque la Convención sobre Derechos del Niño hable sobre el derecho a que estos sean escuchados, varios tribunales aún no toman con real peso estas palabras, y muchas veces, ignoran la historia del niño.
Cada niño o niña tiene una historia llena de emociones y vínculos que ha generado a lo largo del tiempo, y eso es digno de protección.